ASOCIACIÓN ALTEA

PLAN DE TRANSPARENCIA

“Aprendiendo cada día, transparentes como sus vidas”

ALTEA (Almería Trastorno del Espectro del Autismo), es una asociación sin ánimo de lucro, inscrita en el registro de asociaciones de Andalucía con el número 6416 (con resolución del 17/02/2017), y desde el 15/03/2017 dispone del CIF oficial G04859815.

En el año 2017, un grupo de padres y madres de personas con TEA, crean ALTEA. El objetivo fue y es conseguir una Almería más inclusiva, comenzando por fomentar la visibilidad de este trastorno y contribuyendo al desarrollo de los usuarios con TEA, en su autonomía, en su vida familiar y personal, proporcionando información y formación a las familias, a profesionales y en general a toda la sociedad.

ALTEA es una asociación que actúa a nivel provincial (Almería), prestando servicios actualmente en Almería capital, Viator, Huercal de Almería, El Ejido, Roquetas de Mar, Vícar, entre otros. Y es que cada vez son más familias de distintos municipios que acuden a nosotros en la busqueda de respuestas y apoyos.

Para ello, desde su fundación, ALTEA ha luchado para diversificarse para que nuestras actividades y servicios lleguen a todos y todas. Actualmente somos una comunidad compuesta por más de 140 familias, que nos hemos unido en un periodo de tiempo muy corto, estimando que muy pronto se llegue a duplicar el número de asociados.

Desde nuestros inicios hemos apostado por la transparencia en muchos sentidos:

  • Todas las decisiones importantes son aprobadas por mayoría de manera democrática entre los asociados de derecho.
  • Se ha puesto a disposición de la administración y de los asociados nuestro plan económico de previsión de cuentas y de resultado de las mismas.
  • Se han respetado escrupulosamente cada una de las disposiciones estatuarias.
  • Se ha hecho pública la memoria de actividades anuales, donde se recoge todo lo realizado por ALTEA en el último año.

ORGANIGRAMA DE LA ASOCIACIÓN

La Asociación ALTEA la conforman sus asociados, como en cualquier asociación, la representación de los socios se delega en el comité directivo o la junta directiva que es elegida en las elecciones establecidas en las asambleas generales anuales.

Actualmente la junta directiva de ALTEA la componen cuatro de sus asociados (presidenta, vicepresidente, tesorero y secretaria) que aseguran el correcto funcionamiento de la asociación y supervisan los objetivos planteados.

La junta directiva a su vez delega las funciones diarias de los profesionales al coordinador técnico, responsable de la implementación de las decisiones de los asociados. A cargo de la coordinación técnica se encuentra el equipo de terapeutas, monitores de apoyo educativo, monitores deportivos y la trabajadora social que se encargan de implementar los servicios de los que dispone ALTEA.

 

ÓRGANO DE GOBIERNO

La junta directiva se rige por una serie de normativa establecida en los estatutos de ALTEA que se detallan a continuación:

Órganos de Gobierno y Representación

En función del artículo 12, el órgano Supremo de Gobierno y soberano de la Asociación es la Asamblea General de Asociados o Asamblea General.

Según el artículo 13 de los Estatutos, «las Asambleas Generales de Asociados se regirán, en cuanto a su organización y funcionamiento, por lo establecido en los Estatutos y, en su defecto por lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo.

En conformidad con el artículo 17, se establece que la Junta Directiva es el órgano Colegiado de Gobierno, Representación y Administración de la asociación. Su función es gestionar y representar los intereses de la Asociación de acuerdo con las disposiciones y directivas de la Asamblea General, sin perjuicio de las potestades de ésta como órgano supremo de gobierno y soberano.

Composición de la Asamblea General de Asociados

En función del artículo 13 de los Estatutos, la Asamblea General de Asociados se encuentra integrada por la totalidad de los asociados que se hallen en uso pleno de sus derechos sociales.

El artículo 14 de los Estatutos, «La Asamblea General quedará válidamente constituida, previa convocatoria efectuada quince días antes de la reunión, cuando concurran a ella, presentes o representados, un tercio de los asociados. El Presidente/a y el Secretario/a de la Asamblea serán designados al inicio de la reunión».

Siguiendo el artículo 13 de los Estatutos, «la Asamblea General de Asociados adopta sus acuerdos por el principio mayoritario o de democracia interna y deberá reunirse, al menos, una vez al año».

Composición de la Junta Directiva

Con respecto  a los miembros de la Junta Directiva, el artículo 17 de los Estatutos de la Asociación indica que sólo los asociados/as podrán formar parte de la Junta Directiva. Ésta estará formada por Presidente/a, Vicepresidente/a, Tesorero/a, Secretario/a, y un máximo de 3 Vocales.

Siguiendo el artículo 17 de los Estatutos, «cualquier  socio de derecho puede ser miembro pleno de la Directiva, con la excepción de que dos miembros de la misma unidad familiar no podrán ocupar ambas funciones de Presidente y Tesorero a la vez, ni tener firma autorizada ambos miembros en las entidades bancarias.»

La Junta Directiva se reunirá con cierta regularidad

Conforme al artículo 27 de los Estatutos, la Junta Directiva debe reunirse al menos, una vez al trimestre y cuantas veces como sea preciso para la buena marcha de la Asociación, por convocatoria realizada por el Presidente/a, a iniciativa propia o de cualquiera de sus miembros.

A esta reunión podrán asistir aquellas personas con funciones de asesoramiento, previamente citadas o invitadas por el Presidente/a con voz y sin voto para mejor acierto de sus deliberaciones.

Según se indica en el artículo 17 de los Estatutos, la Junta Directiva se podrá reunir cuantas veces lo determine cualquiera de sus miembros. Los miembros deberán estar conectados mediante conferencia telefónica y no podrá faltar más de un miembro de la Junta para que conste como una reunión oficial.

La Junta Directiva no obtiene retribución alguna por el trabajo realizado

Según el artículo 30 de los Estatutos: » Los miembros de la Junta Directiva ejercerán su cargo gratuitamente, sin que en ningún caso puedan recibir retribución por el desempeño de su función, sin perjuicio del derecho a ser reembolsados en los gastos ocasionados en ejercicio de los cargos, siempre que éstos se encuentren debida y formalmente justificados.»

Los miembros que componen la Junta Directiva se irán renovando periódicamente

El artículo 17 de los Estatutos indica que  «el mandato de la Junta Directiva tendrá una duración máxima de cuatro (4) años, con la excepción de ampliación de miembros de la Junta Directiva hasta un máximo de 7 que podrá ser aprobado simplemente por la Junta Directiva por un 80% al menos de sus miembros».

Al tratarse de una asociación sin ánimo de lucro, todos los beneficios obtenidos irán destinados exclusivamente a desarrollar los proyectos para los niños con TEA en las mejores condiciones, para pagar aquellos gastos de materiales necesarios y a los profesionales cualificados, encargados del desarrollo de las actividades y servicios que la asociación ofrece.

Queda totalmente prohibida la contratación de familiares hasta tercer grado de consanguinidad de la Junta Directiva o de cualquier socio así como parejas de las mismas

Esto será así hasta que como indica el artículo 14, la Asamblea bajo votación rigurosamente secreta apruebe por mayoría de dos tercios más uno de los votos y, posteriormente se apruebe por unanimidad por parte de la Junta Directiva, exista una excepción de esto.

ACTAS Y ACUERDOS

Las decisiones y la implementación de nuevas medidas se realiza a través de actas y acuerdos que están reguladas en los estatutos de ALTEA:

Deliberación y ejecución de acuerdos

En función del artículo 15 de los Estatutos, el Presidente/a iniciará el debate abriendo un primer turno de intervenciones y éste mismo moderará los debates, pudiendo abrir un segundo turno o conceder la palabra por alusiones.

Una vez se finalice el debate de un asunto, se procederá a su votación.

Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de votos, excepto cuando se trate de una modificación de estatutos, disolución de la Asociación, disposición o enajenación de bienes y remuneración de los miembros de la Junta Directiva, en cuyo caso se exigirá la mayoría absoluta.

Los acuerdos adoptados serán ejecutados por el presidente de la Junta Directiva o por la persona designada en el pueblo de acuerdo en la forma en el tiempo que hayan sido adoptados.

Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de las personas presentes representadas cuando los votos afirmativos superen a los negativos, no siendo computables a estos efectos los votos nulos, en blanco ni las abstenciones.

Composición de las Actas

En relación al artículo 31 de los Estatutos, por cada sesión que celebre la Asamblea General y la Junta Directiva se levantará acta por la persona titular de la Secretaria, que especificará necesariamente el quórum alcanzado para la válida constitución, el orden del día de la reunión, las circunstancias del lugar y el tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de las  deliberaciones, así como el contenido de los acuerdos adoptados. En las actas del órgano de representación figurarán necesariamente, los asistentes.

Deberá figurar también, en su caso, el voto contrario al acuerdo adoptado, su abstención y los motivos que la justifiquen o el sentido de su voto favorable.

Las actas se aprobarán en la misma o en la siguiente sesión.

Además, según el artículo 32,  los acuerdos de la Asamblea General y Junta Directiva podrán ser impugnados ante el orden judicial civil en la forma legalmente establecida.

ECONOMÍA

ALTEA al ser una asociación sin ánimo de lucro parte de un beneficio social y comunitario como principal objetivo, sin ningun tipo de beneficio económico por parte de sus asociados que no sea común, las principales lineas de obtención de recursos se establecen en los estatutos de la asociación:

Recursos Económicos

Según el artículo 34 el patrimonio inicial de la asociación fue de 0 €.

En relación al artículo 36, el ejercicio económico coincidirá con el año natural, es decir comenzará el 1 de enero y finalizará el 31 de diciembre de cada año. Anualmente la Junta Directiva confeccionará el presupuesto y será aprobado en Asamblea General.  Las cuentas de la Asociación se aprobarán anualmente por la Asamblea General.

Financiación

El artículo 35 recoge que la Asociación para el desarrollo de las actividades se financiará con:

  • Los recursos que provengan de rendimiento de su patrimonio en su casa.
  • Las cuotas de los socios como ordinarias y extraordinarias.
  • Los donativos o subvenciones que pudieran ser concedidos por persona física o jurídica pública o privada.
  • Donaciones, herencias o legados, acepados por La Junta Directiva.
  • Los ingresos provenientes de sus actividades.

SOCIOS POR MUNICIPIOS, EVOLUCIÓN DEL Nº DE SOCIOS Y Nº DE OPERACIONES MENSUALES

Antes de comenzar con el desglose, se adjunta la siguiente tabla, la cual refleja el número de socios por municipios  de la provincia:

En la tabla anterior se han tenido en cuenta el registro de las bajas de socios hasta finales de 2021.

El 2018 fue un año de expansión para la asociación, desde entonces el número de asociados ha crecido exponencialmente una media de un 15% por año, a continuación puede observarse el incremento de socios por año.

 

RESUMEN ECONÓMICO 2021

 

Nuestros profesionales, están trabajando para tener actualizado y cerrado el Ejercicio Económico 2022.En cuanto dispongamos del Ejercicio 2022 cerrado, será adjuntado a la memoria del 2022. Gracias por su comprensión. Esta es nuestra memoria del año 2022, 2023 viene cargado de novedades, más visibilidad, más inclusión y más recursos, seguimos caminando para avanzar y crecer.

A continuación, se puede observar los datos relevantes en el resumen de cuentas de 2021:

Resumen de gastos en 2021

Resumen de ingresos en 2021

Balance final de 2020

En comparación con el 2020, en el 2021 ha habido una reducción del gasto en un 25,96% que se ve equilibrada en una gestión de la tesorería beneficiada por un equilibrio en los ingresos derivados de ayudas y subvenciones que durante este año se ha mantenido en el 83% de ingresos con respecto al 2020.

La profesionalización y el trabajo constante ha desencadenado una solvencia en el 2021 del 27,9%, pero el control de gastos, sin renunciar a la calidad de los servicios sumando al margen de ingreso por subvenciones ha producido un equilibrio en las cuentas de ALTEA, todo ello producto de la operativización de los recursos.

A continuación puede visitarse la memoria de actividades del último año:

MEMORIA DE ACTIVIDADES 2022